miércoles, 17 de junio de 2020

S2. Actividad 1 Reglamento de estudios y Código de ética de la UnADM


S2. Actividad 1 Reglamento de estudios y Código de ética de la UnADM

El modelo educativo de la Universidad Abierta y a Distancia de México (UnADM), establece sus propias reglas de acuerdo a la modalidad que maneja. Aquí presentaré algunas de esos lineamientos que se deben seguir para cursar sus programas educativos.

A)  Para solicitar reinscripción a las siguientes asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato siguiente, debemos cumplir con el artículo 9, fracción I, del reglamento escolar, en el que establece que no se debe adeudar más de tres asignaturas o determinado número de módulos según corresponda a cada programa educativo.
Se debe seguir la seriación establecida en el plan de estudios que estén cursando.
Además, no se debe rebasar el plazo máximo establecido para concluir su plan de estudios de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo Tercero que determina serán ocho semestres para licenciatura y cinco para los de nivel técnico superior.
Tampoco debe encontrarse en los supuestos previstos del artículo 61, que hace referencia a las medidas administrativas aplicables por incumplimiento de alguno de los artículos (III. Suspensión del derecho a cursar una asignatura o módulo hasta por un semestre; IV. Baja temporal hasta por dos semestres; V. Baja definitiva de la Universidad e imposibilidad de reingreso).

En lo referente a la carga académica máxima que se puede cursar, el artículo 24 establece que:
I.    Que haya cursado y acreditado, de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores y
II. Que las asignaturas o módulos estén disponibles para su registro en la plataforma electrónica

En tanto el artículo 29 nos habla sobre la obligación de entregar evidencias de aprendizaje inéditas y de la autoría de los estudiantes a través de los instrumentos de evaluación clasificados en evidencias de conocimiento, desempeño y producto.

En otro rubro, se tendrán dos oportunidades para  cursar cada asignatura o módulo: la primera se considerará ordinaria y la segunda, recursamiento, esto está plasmado en el artículo 32.

En el capítulo séptimo del reglamento, habla sobre las bajas, cambios y plazo para concluir un programa educativo.
El artículo 38 nos plantea que: el estudiante causará baja definitiva cando:


I.   No se reinscriba en tres peridos académicos consecutivos:
II. No cumpla en tiempo y forma con la entrega de la documentación prevista en el artículo 6 del presente Reglamento o, presentando la documentación de referencia, se determine alguna irregularidad en la misma.  En caso de que la irregularidad consista en presentar documentos falsos o alterados, la baja definitiva implicará que no podrá reingresar como estudiante a la Universidad;
III. Agote el plazo máximo para concluir los estudios;
IV. Fracción derogada
V. Reciba una sanción que así lo determine, y 
VI. Cuando se sitúe en los demás casos previstos en el presente Reglamento

El artículo 40 nos describen las condiciones en las que un estudiante causará baja en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que se haya inscrito, cuando no exista evidencia de actividades académicas tales como entrega de tareas, participación en foros, archivos enviados, participación en actividades colaborativas, entre otras, realizadas en la plataforma electrónica durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos, contados a partir del inicio del bloque, por lo que en su historial académico se registrara con  NP´(no presentó) la o las asignaturas o módulos en los que haya causado baja. Esta disposición aplicará una sola vez por asignatura o módulo del mapa curricular

Para cubrir la totalidad del plan de estudios se cuenta con u plazo que no excederá del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de la inscripción. Así lo establece el artículo 45.

En el capítulo décimo, artículo 57, titulado “De los derechos de los estudiantes”, encontramos todas aquellas garantías a las que puede acceder todo estudiante de la UnADM, es un solo artículo, pero consta de XII incisos en donde se establece todas y cada una de esas garantías, como son: oportunidades a una educación integra, trato digno y respetuoso, recibir información oportuno sobre trámites y servicios, obtención de credencial, derecho de petición  de cualquier situación académico o administrativo,, revisión de evaluación, expresión de ideas en forma libre, participación en eventos relacionadas a la cultura y las tradiciones, participación en programas culturales y deportivos, acceso a los Centros Universitarios de Educación a Distancia.

El capítulo décimo primero, artículo 58, “De las Obligaciones de los Estudiantes” establece en sus XIV fracciones puntos como:
Conocer y cumplir el Reglamento, participar activamente en el proceso educativo, realizar por sí mismo en las aulas virtuales, hacer uso responsable de la matrícula y clave de acceso, realizar las actividades para la evaluación del aprendizaje en forma inédita, veraz y oportuna, tener conducta que enaltezca el nombre dela Universidad, guardar consideración y respeto, cubrir los pago por derechos y cuotas establecidos, hacer uso adecuado de la infraestructura, acreditar la autenticidad y veracidad de la información y documentación, cumplir con el servicio social, prácticas profesionales o equivalentes y proyectos terminales, realizar oportunamente los trámites.

Las responsabilidades de los estudiantes y las medidas administrativas, se encuentran en el Capítulo Décimo Segundo, Artículo 59, de las XV fracciones delas que consta, una delas que me parece de suma importancia es la IV. Habla de realizar las actividades para la evaluación del aprendizaje de forma inédita, veraz y oportuna conforme alas fechas establecidas en cada planeación didáctica de las asignaturas o módulos.

Es uno de los puntos vitales para llevar a buen término esta licenciatura que estoy iniciando, no por ello quedan olvidados lo que hablan sobre conducirse de una forma respetuosa a todas las personas involucradas en el proceso de formación, así como la infraestructura.

En tanto el código de ética de la UnADM, en el apartado "principios éticos", el capítulo 2 titulado "Honestidad", en el punto 3, hace referencia a la propiedad intelectual de otras personas, y para respetar la propiedad intelectual de los demás se debe otorgar reconocimiento a las obras creadas por otros, evitando realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben prevalecer en los estudiantes de la Universidad.

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